Finalidad: Facilitar la constitución de desempleados en trabajadores autónomos o por cuenta propia.
Beneficiarios: Personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en los Servicios Públicos de Empleo cuando se establezcan como trabajadores autónomos.
Cuantía: La cuantía se determinará por los Servicios Públicos de Empleo competentes, graduándose en función de la dificultad para el acceso al mercado de trabajo del solicitante, de acuerdo con su inclusión en alguno de los siguientes colectivos:
- Desempleados en general.
- Jóvenes desempleados de 30 o menos años.
- Mujeres desempleadas (en el supuesto de mujeres víctimas de violencia de género, las subvenciones correspondientes a mujeres se incrementarán hasta en un 10%).
- Desempleados con discapacidad.
El máximo de esta subvención será de 10.000 euros.
Fuente /+Info >> www.empleo.gob.es